SECCIÓN A. AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA, SILVICULTURA Y PESCA

Esta sección comprende la explotación de recursos naturales vegetales y animales, es decir, las actividades de cultivo, la cría y la reproducción de animales, la explotación maderera y la recolección de otras plantas, de animales o de productos animales en explotaciones agropecuarias o en su hábitat natural.

DIVISIÓN 01. Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicios conexas

Esta división comprende dos actividades básicas: el cultivo de productos agrícolas y la cría de animales; abarca también las modalidades de agricultura orgánica, el cultivo de plantas genéticamente modificadas y la cría de animales genéticamente modificados.

También se incluyen las actividades de servicios vinculadas a las actividades agropecuarias, así como la caza ordinaria o mediante trampas y actividades conexas.

En el grupo 015, «Explotación mixta (agrícola y pecuaria)», no se aplican los principios habituales para la identificación de la actividad principal. Se acepta que muchas explotaciones agropecuarias tienen una producción relativamente equilibrada de productos animales y vegetales, por lo que sería arbitrario clasificarlas en una categoría o en otra.

De las actividades agropecuarias se excluyen las actividades de elaboración ulterior de los productos agropecuarios (que se clasifican en las divisiones 10, «Elaboración de productos alimenticios», y 11 «Elaboración de bebidas», y la división 12, «Elaboración de productos de tabaco»), más allá de lo necesario para prepararlos para los mercados primarios. Se incluye, en cambio, la preparación de los productos para los mercados primarios.

No se incluyen las actividades de construcción para el acondicionamiento de terrenos (abancalado de tierras de cultivo, preparación de arrozales, etcétera), que se clasifican en la sección F, «Construcción», ni las actividades de los compradores y las asociaciones cooperativas que se dedican a la comercialización de productos agropecuarios, que se clasifican en la sección G, «Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas».

011. Cultivos agrícolas transitorios

Este grupo abarca los cultivos agrícolas transitorios, es decir, aquellos cuyo ciclo de producción oscila entre 3 y 12 meses; por ejemplo, el cultivo de cereales, tubérculos y la mayoría de las hortalizas.

0111. Cultivo de cereales (excepto arroz), legumbres y semillas oleaginosas

Esta clase comprende todas las formas de cultivo de cereales, legumbres y semillas oleaginosas en campos abiertos, incluidos el cultivo considerado orgánico y el cultivo de plantas genéticamente modificadas. En muchos casos una misma unidad agrícola se dedica a varios de esos cultivos.

Esta clase incluye:

El cultivo de cereales, como: trigo, maíz, sorgo, cebada, centeno, avena, mijo y otros cereales n.c.p.

El cultivo de legumbres, como: frijoles, habas, garbanzos, caupíes, lentejas, arvejas, guandúes y otras leguminosas n.c.p.

El cultivo de semillas oleaginosas, como: soya, cacahuates o maníes, semillas de algodón, semillas de ricino, semillas de linaza, semillas de mostaza, semillas de girasol, semillas de colza, semillas de sésamo, semillas de cártamo y otras semillas oleaginosas n.c.p.

Esta clase excluye:

El cultivo de arroz. Se incluye en la clase 0112, «Cultivo de arroz».

El cultivo de maíz y cualquier otro cereal forrajero. Se incluye en la clase 0119, «Otros cultivos transitorios n.c.p.».

La fabricación de alcohol carburante a partir de cereales. Se incluye en la clase 2011, «Fabricación de sustancias y productos químicos básicos».

0112. Cultivo de arroz

Esta clase incluye:

El cultivo de arroz (incluidos el cultivo orgánico del arroz y el cultivo de arroz genéticamente modificado).

Esta clase excluye:

La fabricación de alcohol carburante a partir de arroz. Se incluye en la clase 2011 «Fabricación de sustancias y productos químicos básicos».

0113. Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos

Esta clase incluye:

El cultivo de hortalizas de hoja o de tallo, como: alcachofas, espárragos, repollos, lechugas, espinacas y otras hortalizas de hoja o de tallo.

El cultivo de hortalizas de fruto, como: pepinos, pepinillos, tomates, berenjenas, sandías, melones y otras hortalizas de fruto.

El cultivo de hortalizas de raíz, bulbosas o tuberosas, como: zanahorias, nabos, ajos, cebollas, puerros y otras hortalizas de raíz, bulbosas o tuberosas.

El cultivo de hortalizas de flor como el coliflor y el brócoli.

El cultivo de setas (hongos) y trufas.

El cultivo de semillas, excepto semillas de remolacha no azucarera.

El cultivo de remolacha azucarera.

El cultivo de otras hortalizas.

El cultivo de raíces y tubérculos, como: papa, batata o camote, yuca, ñame, arracacha y otras raíces y tubérculos.

Esta clase excluye:

El cultivo de semillas de hongos. Se incluye en la clase 0130 «Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros forestales)».

El cultivo de ajíes y pimientos, al igual que otras especias y plantas aromáticas. Se incluye en la clase 0128 «Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales».

La fabricación de alcohol carburante a partir de hortalizas, raíces y tubérculos. Se incluye en la clase 2011 «Fabricación de sustancias y productos químicos básicos».

0114. Cultivo de tabaco

Esta clase incluye:

El cultivo de tabaco en bruto.

0115. Cultivo de plantas textiles

Esta clase incluye:

El cultivo de algodón.

El cultivo de yute, kenaf y otras plantas de fibras textiles blandas.

El cultivo de lino y cáñamo.

El cultivo de sisal, fique y otras plantas de fibras textiles del género agave.

El cultivo de abacá, ramio y otras plantas de fibras textiles.

El cultivo de otras plantas de fibra.

El enriamiento de plantas que dan fibras textiles naturales, como: el yute, el fique, el lino, el bonote, entre otros.

Esta clase excluye:

El cultivo de materiales vegetales de las especies utilizadas principalmente en cestería. Se incluye en la clase 0129 «Otros cultivos permanentes n.c.p.».

0119. Otros cultivos transitorios n.c.p.

Esta clase comprende los cultivos transitorios no clasificados en otra parte.

Esta clase incluye:

El cultivo de remolacha forrajera, raíces forrajeras, trébol, alfalfa, alpiste, maíz forrajero y otras plantas forrajeras.

El cultivo de semillas de remolacha (excepto las de remolacha azucarera) y cultivo de semillas de plantas forrajeras.

El cultivo de semillas de flores.

El cultivo transitorio de plantas aromáticas y medicinales.

El cultivo transitorio de especias, como: perejil, cilantro, mostaza, entre otras.

Esta clase excluye:

El cultivo de semillas de girasol. Se incluye en la clase 0111 «Cultivo de cereales (excepto arroz), legumbres y semillas oleaginosas».

El cultivo permanente de plantas aromáticas y medicinales. Se incluye en la clase 0128 «Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales».

El cultivo permanente de especias. Se incluye en la clase 0128, «Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales».

El cultivo de plantas medicinales y narcóticas. Se incluye en la clase 0128 «Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales».

012. Cultivos agrícolas permanentes

Este grupo comprende los cultivos agrícolas permanentes, es decir, aquellos que después de plantados requieren de más de un año para llegar a la etapa de cosecha; estos cultivos dan muchas cosechas y terminada su recolección no se deben plantar de nuevo. Se incluye el cultivo de plantas permanentes para la producción de semillas.

0121. Cultivo de frutas tropicales y subtropicales

Esta clase incluye:

El cultivo de: uvas, aguacates, dátiles, higos, mangos, papayas, piñas, pomelos, limones, limas, naranjas, mandarinas, manzanas, albaricoques, cerezas, melocotones, duraznos, peras, ciruelas, arándanos, grosellas, kiwis, frambuesas, fresas, entre otras.

El cultivo de semillas de frutas.

El cultivo de nueces comestibles, como: almendras, anacardos, nuez de macadamia, castañas, avellanas, pistachos, nueces de nogal y otras nueces.

El cultivo de otros frutos de árboles y arbustos como las algarrobas.

Esta clase excluye:

El cultivo de palma para aceite (palma africana). Se incluye en la clase 0126 «Cultivo de palma para aceite (palma africana) y otros frutos oleaginosos».

La elaboración de vinos. Se incluye en la clase 1102 «Elaboración de bebidas fermentadas no destiladas».

El cultivo de coco. Se incluye en la clase 0126 «Cultivo de palma para aceite (palma africana) y otros frutos oleaginosos».

0122. Cultivo de plátano y banano

Esta clase incluye:

El cultivo de plátano y banano en todas sus variedades.

0123. Cultivo de café

Esta clase incluye:

El cultivo de café.

El proceso de beneficio del café (cosecha, despulpado, fermentación, lavado y secado) siempre y cuando este se realice dentro de la misma unidad de producción agrícola.

Esta clase excluye:

El proceso de beneficio del café cuando se realiza por fuera de la unidad de producción agrícola. Se incluye en la clase 0163 «Actividades posteriores a la cosecha».

La trilla de café. Se incluye en la clase 1061 «Trilla de café».

0124. Cultivo de caña de azúcar

Esta clase incluye:

El cultivo de caña de azúcar.

Esta clase excluye:

El cultivo de remolacha azucarera. Se incluye en la clase 0113 «Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos».

La fabricación de alcohol carburante a partir de caña de azúcar. Se incluye en la clase 2011 «Fabricación de sustancias y productos químicos básicos».

0125. Cultivo de flor de corte

Esta clase incluye:

El cultivo de especies de flor de corte, que se realiza en invernaderos con estructura de madera o metálica cubierta de plástico, o cualquier otra forma de cultivo y sus sistemas de riego.

El cultivo de plantas que dan flores y capullos.

Esta clase excluye:

Las actividades de las floristerías. Se incluyen en la clase 4774 «Comercio al por menor de otros productos nuevos en establecimientos especializados».

La explotación de viveros forestales. Se incluye en la clase 0210 «Silvicultura y otras actividades forestales».

El cultivo de semillas de flores. Se incluye en la clase 0119 «Otros cultivos transitorios n.c.p.».

0126. Cultivo de palma para aceite (palma africana) y otros frutos oleaginosos

Esta clase incluye:

El cultivo de palma para aceite (palma africana).

El cultivo de frutos oleaginosos, como: cocos, olivas (aceitunas), entre otros.

Esta clase excluye:

El cultivo de semillas oleaginosas, como: soya, cacahuates o maníes, semillas de algodón, semillas de ricino, semillas de linaza, semillas de mostaza, semillas de girasol, semillas de colza, semillas de sésamo, semillas de cártamo y otras semillas oleaginosas. Se incluye en la clase 0111 «Cultivo de cereales (excepto arroz), legumbres y semillas oleaginosas».

La elaboración de aceites vegetales crudos: aceite de oliva, aceite de soja, aceite de palma, aceite de girasol, aceite de colza, aceite de linaza, etcétera. Se incluye en la clase 1031 «Elaboración de aceites de origen vegetal crudos».

La producción de biodiesel a partir de aceite refinado de palma africana o a partir de cualquier otra fuente vegetal por procesos de transesterificación. Se incluye en la clase 2029 «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.».

0127. Cultivo de plantas con las que se preparan bebidas

Esta clase incluye:

El cultivo de plantas con las que se preparan bebidas, como: té, mate, cacao y otras plantas para preparar bebidas.

Esta clase excluye:

El cultivo de café. Se incluye en la clase 0123 «Cultivo de café».

0128. Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales

Esta clase incluye:

El cultivo de especias y de plantas aromáticas como: cardamomo, achiote o bija, cimarrón, azafrán, laurel, pimienta, tomillo, achicoria, ruscos, sábila, anís, badián, hinojo, canela, clavos, jengibre, vainilla, lúpulo, nuez moscada, albahaca, flor de Jamaica y de otras especias y plantas aromáticas.

El cultivo de plantas medicinales y narcóticas.

El cultivo de plantas utilizadas principalmente en perfumería, en farmacia o para la preparación de insecticidas, fungicidas o propósitos similares.

El cultivo de ajíes y pimientos.

Esta clase excluye:

El cultivo transitorio de especias, como: manzanilla, perejil, estevia, entre otras. Se incluye en la clase 0119 «Otros cultivos transitorios n.c.p.».

0129. Otros cultivos permanentes n.c.p.

Esta clase incluye:

El cultivo de árboles de caucho.

El cultivo de árboles para la extracción de savia.

El cultivo de materiales vegetales de las especies utilizadas principalmente en cestería.

Esta clase excluye:

La recolección de savia o gomas similares al caucho de árboles silvestres. Se incluye en la clase 0230 «Recolección de productos forestales diferentes a la madera».

013. Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros forestales)

0130. Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros forestales)

Esta clase comprende la producción de todo tipo de materiales vegetales para plantación, incluidos esquejes, chupones y plantones para la propagación directa de plantas o para crear patrones o pies en los que hacer injertos para plantación posterior.

Esta clase incluye:

El cultivo de plantas para plantación.

El cultivo de plantas con fines ornamentales, incluido césped para trasplante.

El cultivo de plantas vivas para utilizar sus bulbos, tubérculos y raíces; esquejes e injertos.

La explotación de viveros, excepto viveros forestales.

El cultivo de semillas de hongos.

Esta clase excluye:

El cultivo de plantas para la producción de semillas. Se incluye en los grupos 011 «Cultivos agrícolas transitorios» y 012 «Cultivos agrícolas permanentes».

La explotación de viveros forestales. Se incluye en la clase 0210 «Silvicultura y otras actividades forestales».

014. Ganadería

Este grupo comprende la cría y la reproducción de animales, excepto animales acuáticos.

Este grupo excluye:

Las actividades de apoyo a la ganadería. Se incluyen en la clase 0162 «Actividades de apoyo a la ganadería».

El albergue y el cuidado de animales de granja. Se incluyen en la clase 0162 «Actividades de apoyo a la ganadería».

La producción de pieles y cueros en verde, procedentes de las plantas de beneficio animal, incluidas pieles depiladas. Se incluyen en la clase 1011 «Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos».

0141. Cría de ganado bovino y bufalino

Esta clase incluye:

La cría y la reproducción de ganado bovino y bufalino.

El engorde de ganado bovino y búfalos en corrales.

La producción de leche cruda de vaca y de búfala.

La producción de semen bovino y bufalino.

Esta clase excluye:

La elaboración de leche líquida fresca, pasteurizada, esterilizada, homogeneizada y/o tratada a altas temperaturas. Se incluye en la clase 1040 «Elaboración de productos lácteos».

0142. Cría de caballos y otros equinos

Esta clase incluye:

La cría y la reproducción de caballos (incluso caballos de carreras, polo, salto y tracción), asnos, mulas y burdéganos.

Esta clase excluye:

La explotación de establos de caballos de montar, incluidos los de carreras. Se incluye en la clase 9319 «Otras actividades deportivas».

0143. Cría de ovejas y cabras

Esta clase incluye:

La cría, la reproducción y el engorde de ovejas y cabras.

La producción de leche cruda de oveja y de cabra.

La producción de lana cruda o en bruto.

Esta clase excluye:

El esquilado de ovejas. Se incluye en la clase 0162 «Actividades de apoyo a la ganadería».

La obtención de lana de matadero. Se incluye en la clase 1011 «Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos».

La elaboración de leche líquida fresca, pasteurizada, esterilizada, homogeneizada y/o tratada a altas temperaturas. Se incluye en la clase 1040 «Elaboración de productos lácteos».

0144. Cría de ganado porcino

Esta clase incluye:

La cría, la reproducción y el engorde de ganado porcino (cerdos).

Esta clase excluye:

El funcionamiento de plantas de beneficio que realizan actividades de sacrificio de animales, como el cerdo. Se incluye en la clase 1011 «Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos».

0145. Cría de aves de corral

Esta clase incluye:

La cría y la reproducción de aves de corral, como: pollos, gallinas, pavos, patos, gansos, codornices, entre otros.

La producción de huevos.

La explotación de criaderos de polluelos.

Esta clase excluye:

La obtención de plumas y plumones. Se incluye en la clase 1011 «Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos».

0149. Cría de otros animales n.c.p.

Esta clase incluye:

La cría y la reproducción de animales semidomesticados y otros animales vivos, como: avestruces, aves diferentes a las de corral, insectos, conejos y otros animales de pelo.

La producción de pieles finas, cueros de reptiles y plumas de aves, como parte de la explotación ganadera.

La explotación de criaderos de gusanos, de moluscos terrestres, de caracoles, etcétera.

La cría de gusanos de seda y la producción de capullos del gusano de seda.

La apicultura y la producción de miel y cera de abeja.

La cría y la reproducción de animales domésticos (excepto peces), como: perros, gatos, pájaros, hámsteres, etcétera.

La cría y la reproducción de camellos, dromedarios y otros camélidos.

La cría de diversos animales n.c.p.

Esta clase excluye:

La producción de pieles finas, cueros de reptiles o plumas de aves como resultado de actividades de caza ordinaria y mediante trampas. Se incluye en la clase 0170 «Caza ordinaria y mediante trampas y actividades de servicios conexas».

La explotación de criaderos de ranas, de cocodrilos y de gusanos marinos. Se incluyen en las clases 0321 «Acuicultura marítima» y 0322 «Acuicultura de agua dulce», según sea el caso.

La explotación de criaderos de peces. Se incluyen en las clases 0321 «Acuicultura marítima» y 0322 «Acuicultura de agua dulce», según sea el caso.

El adiestramiento de animales domésticos. Se incluye en la clase 9609 «Otras actividades de servicios personales n.c.p.».

La preparación de pieles y cueros. Se incluye en la clase 1511 «Curtido y recurtido de cueros; recurtido y teñido de pieles».

015. Explotación mixta (agrícola y pecuaria)

0150. Explotación mixta (agrícola y pecuaria)

Esta clase comprende la explotación mixta de cultivos y animales sin especialización en ninguna de las actividades. El tamaño del conjunto de la explotación agrícola no es un factor determinante. Si el cultivo de productos agrícolas o la cría de animales representan en una unidad determinada una proporción igual o superior al 66 % de los márgenes brutos corrientes, la actividad mixta no debe clasificarse en esta clase, sino entre los cultivos o las actividades de cría de animales.

016. Actividades de apoyo a la agricultura y la ganadería, y actividades posteriores a la cosecha

Este grupo comprende las actividades vinculadas a la producción agropecuaria y las actividades similares a la agricultura o la ganadería no realizadas con fines de producción (es decir, para cosechar productos agrícolas), a cambio de una retribución o por contrata. También se incluyen las actividades de poscosecha tendientes a preparar los productos agrícolas para su comercialización en los mercados primarios.

0161. Actividades de apoyo a la agricultura

Esta clase incluye:

Las actividades agrícolas a cambio de una retribución o por contrata, como:

- Acondicionamiento de terrenos.

- Plantación o siembra de cultivos.

- Tratamiento de cultivos.

- Fumigación de cultivos, incluida la fumigación aérea.

- Poda de árboles frutales y viñas.

- Trasplante de arroz, entresacado de la remolacha.

- Cosecha.

- Control de las plagas (incluidos los conejos) en relación con la agricultura.

La explotación de equipo de riego agrícola.

El suministro o el alquiler de maquinaria agrícola con operadores y personal.

El mantenimiento de tierras para usos agrícolas.

Esta clase excluye:

Las actividades posteriores a la cosecha. Se incluyen en la clase 0163 «Actividades posteriores a la cosecha».

Las actividades de ingenieros agrónomos. Se incluyen en la clase 7490 «Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.».

La arquitectura paisajista. Se incluye en la clase 7111 «Actividades de arquitectura».

La plantación de jardinería paisajista. Se incluye en la clase 8130 «Actividades de paisajismo y servicios de mantenimiento conexos».

El mantenimiento de tierras para su preservación ecológica. Se incluye en la clase 8130 «Actividades de paisajismo y servicios de mantenimiento conexos».

La organización de ferias y exposiciones agrícolas. Se incluye en la clase 8230 «Organización de convenciones y eventos comerciales».

0162. Actividades de apoyo a la ganadería

Esta clase incluye:

Las actividades agropecuarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata, como:

- Actividades para mejorar la reproducción, el crecimiento y el rendimiento de los animales.

- Servicios de inspección sanitaria, servicios de arreo y pastoreo de ganado, castración de aves de corral, limpieza de gallineros, etcétera.

- Actividades relacionadas con la inseminación artificial.

- Servicios de sementales.

- Esquilado de ovejas.

- Albergue y cuidado de animales de granja.

- Actividades de herradores.

Esta clase excluye:

El suministro de espacio solo para albergue de animales. Se incluye en la clase 6810 «Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados».

Las actividades veterinarias. Se incluyen en la clase 7500 «Actividades veterinarias».

La vacunación de animales. Se incluye en la clase 7500 «Actividades veterinarias».

El alquiler de animales (por ejemplo, rebaños). Se incluye en la clase 7730 «Alquiler y arrendamiento de otros tipos de maquinaria, equipo y bienes tangibles n.c.p.».

Las actividades de servicios para promover la caza ordinaria y mediante trampas con fines comerciales. Se incluyen en la clase 9499 «Actividades de otras asociaciones n.c.p.».

El albergue de animales domésticos. Se incluye en la clase 9609 «Otras actividades de servicios personales n.c.p.».

0163. Actividades posteriores a la cosecha

Esta clase incluye:

La preparación de la cosecha para su comercialización en los mercados primarios: limpieza, recorte, clasificación, desinfección.

El desmotado del algodón.

La preparación preliminar de las hojas de tabaco.

La preparación de cacao en grano.

El encerado de frutas.

El secado al sol de frutas y hortalizas.

El proceso de beneficio del café cuando se realiza por fuera de la unidad de producción agrícola.

Esta clase excluye:

La preparación de productos agrícolas por el propio productor. Se incluye en los grupos 011 «Cultivos agrícolas transitorios» y 012 «Cultivos agrícolas permanentes», según sea el caso.

La conservación de frutas, nueces, legumbres y hortalizas: congelación, desecación, inmersión en aceite o en vinagre, enlatado, etcétera. Se incluye en la clase 1020 «Procesamiento y conservación de frutas, legumbres, hortalizas y tubérculos».

El desvenado y el secado de las hojas de tabaco. Se incluye en la clase 1200 «Elaboración de productos de tabaco».

Las actividades de comercialización realizadas por comisionistas y asociaciones cooperativas. Se incluyen en la división 46 «Comercio al por mayor y en comisión o por contrata, excepto el comercio de vehículos automotores y motocicletas».

La venta al por mayor de materias primas agrícolas. Se incluye en la clase 4620 «Comercio al por mayor de materias primas agropecuarias; animales vivos».

0164. Tratamiento de semillas para propagación

Esta clase incluye:

Todas las actividades posteriores a la cosecha dirigidas a mejorar la calidad de las semillas para propagación, mediante la remoción de los materiales diferentes de las semillas y de las semillas demasiado pequeñas, inmaduras o dañadas mecánicamente o por los insectos, así como la eliminación de la humedad de las semillas hasta un nivel que permita su almacenamiento seguro. La actividad abarca el secado, la limpieza, la clasificación y el tratamiento de las semillas hasta su comercialización. Se incluye asimismo el tratamiento de las semillas genéticamente modificadas.

Esta clase excluye:

El cultivo de semillas. Se incluye en los grupos 011 «Cultivos agrícolas transitorios» y 012 «Cultivos agrícolas permanentes», según el caso.

El procesamiento de semillas para obtener aceites crudos o refinados. Se incluye en las clases 1031 «Extracción de aceites de origen vegetal crudos» o 1032 «Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal refinados», según el caso.

Las investigaciones para obtener nuevas variedades de semillas o modificar las existentes. Se incluyen en la clase 7210 «Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería».

017. Caza ordinaria y mediante trampas y actividades de servicios conexas

0170. Caza ordinaria y mediante trampas y actividades de servicios conexas

Esta clase incluye:

La caza ordinaria y mediante trampas con fines comerciales.

La captura de animales (vivos o muertos) para alimento, por sus pieles y cueros, o para utilizarlos en actividades de investigación, en zoológicos o como mascotas.

La producción de pieles finas, cueros de reptiles o plumas de aves como resultado de actividades de caza ordinaria y mediante trampas.

La captura de mamíferos marinos, como focas y morsas.

Esta clase excluye:

La producción de pieles finas, cueros de reptiles y plumas de aves como actividad ganadera. Se incluye en el grupo 014 «Ganadería».

La cría de animales salvajes cuando esta se realiza como actividad ganadera. Se incluye en la clase 0149 «Cría de otros animales n.c.p.».

La captura de ballenas. Se incluye en la clase 0311 «Pesca marítima».

La producción de pieles y cueros en verde, procedentes de las plantas de beneficio animal, incluidas pieles depiladas. Se incluye en la clase 1011 «Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos».

La caza deportiva o recreativa y actividades de servicios conexas. Se incluye en la clase 9319 «Otras actividades deportivas».

Las actividades de servicios para la caza ordinaria mediante trampas. Se incluye en la clase 9499 «Actividades de otras asociaciones n.c.p.».

DIVISIÓN 02. Silvicultura y extracción de madera

Esta división comprende la producción de madera en troncos para industrias que utilizan productos forestales (división 16, «Transformación de la madera y fabricación de productos de madera y de corcho, excepto muebles; fabricación de artículos de cestería y espartería», y división 17, «Fabricación de papel, cartón y productos de papel y cartón») y la extracción y recolección de productos forestales silvestres distintos de la madera. Además de la madera, de las actividades silvícolas se obtienen productos que requieren poca transformación, como leña, carbón vegetal, astillas de madera y madera en troncos para su utilización en bruto (como puntales, pulpa de madera, etcétera). Estas actividades pueden realizarse en bosques naturales o en bosques plantados.

021. Silvicultura y otras actividades forestales

0210. Silvicultura y otras actividades forestales

Esta clase incluye:

La explotación de madera en pie: plantación, replante, trasplante, aclareo y conservación de bosques y zonas forestadas.

El cultivo de monte bajo y de madera para pulpa (pasta) y para leña.

La explotación de viveros forestales.

Estas actividades pueden realizarse en bosques naturales o en plantaciones forestales.

Esta clase excluye:

La explotación de viveros de árboles. Se incluye en la clase 0130 «Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros forestales)».

La recolección de productos forestales diferentes de la madera. Se incluye en la clase 0230 «Recolección de productos forestales diferentes a la madera».

La producción de astillas y partículas de madera. Se incluye en la clase 1610 «Aserrado, acepillado e impregnación de la madera».

022. Extracción de madera

0220. Extracción de madera

Esta clase incluye:

La extracción y la transformación de madera en bruto (descortezada y simplemente escuadrada).

La producción de madera para industrias manufactureras que utilizan productos forestales.

La producción de troncos de madera para su utilización en bruto, como puntales, estacas, cercas y postes.

La recolección y la producción de leña.

La producción de carbón vegetal en bosques (usando métodos artesanales).

Esta clase excluye:

La explotación de madera en pie: plantación, replante, trasplante, aclareo y conservación de bosques y zonas forestadas. Se incluye en la clase 0210 «Silvicultura y otras actividades forestales».

La recolección de productos forestales diferentes de la madera. Se incluye en la clase 0230 «Recolección de productos forestales diferentes a la madera».

La producción de astillas y partículas de madera. Se incluye en la clase 1610 «Aserrado, acepillado e impregnación de la madera».

La producción de carbón vegetal mediante la destilación de la madera. Se incluye en la clase 2011 «Fabricación de sustancias y productos químicos básicos».

023. Recolección de productos forestales diferentes a la madera

0230. Recolección de productos forestales diferentes a la madera

Esta clase incluye:

La recolección de productos forestales diferentes de la madera y otras plantas silvestres.

La recolección de materiales silvestres, como: setas (hongos), trufas, nueces, balata, savia y gomas similares al caucho, corcho, goma laca y resinas; bálsamos y ceras vegetales como carnauba; cera de palma, crin vegetal, bellotas, castañas, musgos y líquenes.

Esta clase excluye:

El cultivo de setas (hongos) y trufas. Se incluye en la clase 0113 «Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos».

El cultivo de nueces. Se incluye en la clase 0121 «Cultivo de frutas tropicales y subtropicales».

La recolección de leña. Se incluye en la clase 0220 «Extracción de madera».

024. Servicios de apoyo a la silvicultura

0240. Servicios de apoyo a la silvicultura

Esta clase comprende la realización de parte de las actividades de explotación forestal a cambio de una retribución o por contrata.

Esta clase incluye:

Las actividades de servicios forestales, como:

- Inventarios forestales.

- Servicios de consultoría de gestión forestal.

- Evaluación de existencias maderables.

- Extinción y prevención de incendios forestales.

- Lucha contra las plagas forestales.

Las actividades de servicios para la extracción de madera como el transporte de troncos dentro del bosque.

El suministro o el alquiler de maquinaria o equipo silvícola con operadores y personal.

Esta clase excluye:

La explotación de viveros forestales. Se incluye en la clase 0210 «Silvicultura y otras actividades forestales».

DIVISIÓN 03. Pesca y acuicultura

Esta división comprende la pesca propiamente dicha y la acuicultura, que abarca la utilización de los recursos pesqueros marinos, de agua salobre y de agua dulce, con la finalidad de capturar o recolectar peces, crustáceos, moluscos y otros organismos y productos marinos (plantas acuáticas, perlas, esponjas, etcétera).

También se incluyen actividades que forman parte normalmente del proceso de producción por cuenta propia (por ejemplo, cultivos de ostras para la producción de perlas).

No se incluye la construcción y la reparación de buques (barcos factoría) y otras embarcaciones para pesca (se incluyen en las clases 3011 «Construcción de barcos y de estructuras flotantes» y 3315 «Mantenimiento y reparación especializado de equipo de transporte, excepto los vehículos automotores, motocicletas y bicicletas»), ni las actividades de pesca deportiva o recreativa (se incluyen en la clase 9319 «Otras actividades deportivas»). No se incluye tampoco el procesamiento de pescados, crustáceos y moluscos (se incluye en la clase 1012 «Procesamiento y conservación de pescados, crustáceos y moluscos»).

031. Pesca

Este grupo comprende la pesca propiamente dicha, es decir, las actividades de captura, extracción y recolección de organismos acuáticos (principalmente peces, crustáceos y moluscos), incluidas plantas, para el consumo humano, en aguas oceánicas, costeras e interiores, manualmente o, más a menudo, con diversos tipos de artes de pesca, como redes, sedales y nasas. Estas actividades pueden realizarse en la franja intermareal (por ejemplo, recolección de moluscos, como mejillones y ostras) con redes de ribera, o en aguas interiores o costeras o en alta mar desde embarcaciones artesanales o, más frecuentemente, desde embarcaciones de fabricación comercial.

A diferencia de la acuicultura (grupo 032), los recursos acuáticos capturados o recolectados son por lo general recursos públicos, independientemente de que se cuente o no con los derechos de explotación correspondientes.

Se incluyen también las actividades de pesca en aguas repobladas de especies acuáticas.

0311. Pesca marítima

Esta clase incluye:

La pesca comercial de altura y costera.

La extracción de crustáceos y moluscos marinos.

La captura de ballenas.

La extracción de animales acuáticos marinos: tortugas, ascidias y otros tunicados, erizos de mar, etcétera.

La recolección de otros organismos y materiales marinos: perlas naturales, esponjas, corales y algas.

Esta clase excluye:

La captura de mamíferos marinos, excepto ballenas, como focas y morsas. Se incluye en la clase 0170 «Caza ordinaria y mediante trampas y actividades de servicios conexas».

El procesamiento de pescados, crustáceos y moluscos en buques-factoría o en plantas situadas en tierra firme. Se incluye en la en la clase 1012 «Procesamiento y conservación de pescados, crustáceos y moluscos».

El alquiler de embarcaciones de recreo con tripulación para el transporte marítimo y costero. Se incluye en la clase 5011 «Transporte de pasajeros marítimo y de cabotaje».

Los servicios de inspección, protección y patrullaje de la pesca. Se incluye en la clase 8423 «Orden público y actividades de seguridad».

La pesca deportiva o recreativa y servicios conexos. Se incluye en la clase 9319 «Otras actividades deportivas».

La gestión de reservas de pesca deportiva. Se incluye en la clase 9319 «Otras actividades deportivas».

0312. Pesca de agua dulce

Esta clase incluye:

La pesca comercial en aguas interiores.

La extracción de crustáceos y moluscos de agua dulce.

La extracción de animales acuáticos de agua dulce.

La recolección de materiales de agua dulce.

Esta clase excluye:

El procesamiento de pescados, crustáceos y moluscos. Se incluye en la clase 1012 «Procesamiento y conservación de pescados, crustáceos y moluscos».

Los servicios de inspección, protección y patrullaje de la pesca. Se incluye en la clase 8423 «Orden público y actividades de seguridad».

La pesca deportiva o recreativa y servicios relacionados. Se incluye en la clase 9319 «Otras actividades deportivas».

La gestión de reservas de pesca deportiva. Se incluye en la clase 9319 «Otras actividades deportivas».

032. Acuicultura

Este grupo comprende la acuicultura, es decir, el proceso de producción consistente en la cría o el cultivo (incluida la recolección) de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos, plantas, cocodrilos, caimanes y anfibios) utilizando técnicas destinadas a incrementar la producción de los organismos en cuestión por encima de la capacidad natural del entorno (por ejemplo, repoblación regular, alimentación y protección contra predadores).

La acuicultura entraña la cría o el cultivo de esos organismos en condiciones de cautividad hasta su estado juvenil o adulto, así como la propiedad particular, empresarial o estatal de esos organismos durante todas las fases de cría o cultivo, incluida la recolección.

0321. Acuicultura marítima

Esta clase incluye:

La cría de peces en agua de mar, incluida la cría de peces ornamentales marinos.

La producción de larvas de bivalvos (ostras, mejillones, etcétera), crías de bogavante, camarones en estado poslarval, alevines y jaramugos.

El cultivo de laver y otras algas comestibles.

La cría de crustáceos, bivalvos, otros moluscos y otros animales acuáticos, en agua de mar.

Las actividades de acuicultura en aguas salobres.

Las actividades de acuicultura en tanques o depósitos llenos de agua salada.

La explotación de criaderos de peces (marinos).

La explotación de criaderos de gusanos marinos.

Esta clase excluye:

La cría de ranas. Se incluye en la clase 0322 «Acuicultura de agua dulce».

La gestión de reservas de pesca deportiva. Se incluye en la clase 9319 «Otras actividades deportivas».

0322. Acuicultura de agua dulce

Esta clase incluye:

La cría de peces en agua dulce, incluida la cría de peces ornamentales de agua dulce.

La cría de crustáceos y bivalvos de agua dulce, otros moluscos de agua dulce y otros animales acuáticos.

La explotación de criaderos de peces (de agua dulce).

La cría de ranas y anfibios.

La cría de cocodrilos, caimanes.

Esta clase excluye:

Las actividades de acuicultura en tanques y depósitos llenos de agua salada. Se incluye en la clase 0321 «Acuicultura marítima».

La gestión de reservas de pesca deportiva. Se incluyen en la clase 9319 «Otras actividades deportivas».